Clases en la universidad : habilitan regreso con protocolo

Se habilita el regreso a las clases presenciales en las universidades, será bajo un estricto protocolo que incluye distanciamiento e higiene

El retorno de las actividades presenciales en universidades y en institutos se habilitó desde el gobierno nacional y esto se ha realizado bajo un estricto protocolo que de garantía a las medidas de cuidado de trabajadores y de estudiantes en medio de la pandemia por coronavirus. Se establecieron los lineamientos generales para que las clases se retomen.

En el boletín oficial está pub licada la Decisión Administrativa 1995/2020, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Salud, Gines González García, que fue publicada en el Boletín Oficial.

De este modo se detalla en el artículo 1 de la norma : “Establécese que en el marco del protocolo marco y lineamientos generales para el retorno a las actividades académicas presenciales en las universidades e institutos universitarios, aprobado por la Resolución del Ministerio de Educación 1084 del 8 de agosto de 2020, este revisará y prestará conformidad a los planes jurisdiccionales para el retorno de las actividades”.

“Con la conformidad del ministerio de Educación, la efectiva reanudación de las actividades académicas presenciales en Universidades e Institutos Universitarios será decidida por las autoridades provinciales y de la ciudad de Buenos Aires, quienes podrán suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación epidemiológica”. Con esta habilitación las actividades que sean presenciales podrán reanudarse siempre y cuando haya ” protocolos que en cada caso establezcan las autoridades sanitarias locales”

¿En qué se trabajará para aplicar el protocolo?

-con la organización de turnos

-los modos de trabajo

-medidas de distanciamiento e higiene

– desplazamientos de las personas limitadas al estricto cumplimiento de las actividades exceptuadas .

” Se deberá garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadoras, trabajadores y estudiantes”.

Los gobernadores y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “decidirán la efectiva reanudación, pudiendo suspender las actividades y reiniciarlas en el marco de sus competencias territoriales, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria local, y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria. El personal directivo, docente y no docente y los estudiantes que se trasladen para realizar las académicas presenciales “quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional, según corresponda y a este solo efecto-la recomendación es- que solo sea empleado cuando no se cuente con medios alternativos”.