Se terminaron las jubilaciones de privilegio de los jueces

En medio de la pandemia y de la crítica situación en el país por el coronavirus, el Gobierno Nacional promulgó la ley que modifica el régimen previsional para jueces y embajadores. La ley había sido votada en el Senado el 12 de marzo y oficializada hoy en el Boletín Oficial. Ya no tendrán jubilaciones de privilegio estos […]

En medio de la pandemia y de la crítica situación en el país por el coronavirus, el Gobierno Nacional promulgó la ley que modifica el régimen previsional para jueces y embajadores. La ley había sido votada en el Senado el 12 de marzo y oficializada hoy en el Boletín Oficial.

Ya no tendrán jubilaciones de privilegio estos dos sectores. Hasta antes sancionada la ley se tomaba en cuenta el sueldo del último año, pero desde ahora la jubilación comprenderá el 82% del “promedio” de los últimos 120 sueldos”

“El haber inicial de la jubilación ordinaria para los magistrados y funcionarios comprendidos en la presente ley será equivalente al ochenta y dos por ciento (82%) del promedio de las últimas ciento veinte (120) remuneraciones actualizadas, sujetas a aportes y contribuciones, por el desempeño de los cargos a que refiere el artículo 8°, percibidas durante el período inmediato anterior al cese definitivo en el servicio”, se puede leer en la ley.

“En ningún caso dicho haber podrá ser superior a la remuneración total, sujeta a aportes y contribuciones, previa deducción del aporte personal jubilatorio del cargo correspondiente al cese definitivo en el servicio. El haber fijado conforme las pautas sentadas en el presente artículo será móvil”, agrega.

Para acceder a este régimen, tienen que haber trabajado un mínimo de 10 años seguidos en el Poder Judicial o 15 años en forma interrumpida de los 30 años que deberán haber aportado al sistema jubilatorio.