DNU

La Justicia suspendió los artículos del DNU que desregulan los aumentos de prepagas y obras sociales

Un nuevo revés judicial para el Gobierno de Milei, el fallo de la Justicia limita los aumentos de las prepagas y obras sociales, los cuales deben ser autorizados previamente.

Lic. en Comunicación Social

Un nuevo fallo judicial contra el DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) impulsado por el presidente Javier Milei. El Juzgado Federal Civil, Comercial y Contencioso N°2 de San Martín, decidió suspender los artículos 267 y 269 del DNU 70/2023.

Dichos artículos desregulan los incrementos que podían realizar las prepagas y obras sociales. El fallo fue firmado por el magistrado Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, quien instó a "efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en términos del artículo 17 de la ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva, debiéndose acreditar su cumplimiento en el plazo de 48 horas bajo apercibimiento de ley".

Se trata del segundo fallo judicial contra el DNU impulsado por Milei. El anterior, tuvo lugar ayer, cuando La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la inconstitucionalidad del capítulo 4 referido a la reforma laboral.

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