El Gobierno oficializó a través del Boletín Oficial que los contactos estrechos asintomáticos con vacunación completa no deberán aislarse y podrán seguir trabajando. Para los no vacunados, el aislamiento será de 10 días.
A su vez, quienes tuvieron coronavirus, no requirieron internación, pero no se hayan vacunado o tengan una sola dosis, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta cuando hayan cumplido diez días de la fecha de inicio de síntomas o desde la fecha del diagnóstico (para asintomáticos).
Los casos confirmados con vacunación completa podrán regresar al trabajo luego de transcurridos siete días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), cumpliendo en los tres días posteriores de cuidados especiales.
Mientras que los contactos estrechos asintomáticos podrán continuar con sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta. Este es el caso de Alberto Fernández quien se encuentra realizando “cuidados extremos” en la Quinta de Olivos tras confirmarse un caso positivo en la misma.