ANMAT prohibió la comercialización de otra miel
Desde ANMAT se advierte sobre la prohibición de la venta de una miel cuya comercialización considera ilegal
Desde la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) se decidió prohibió la comercialización de una marca miel de abejas, por considerarla ilegal.
Este lunes 5 de julio se dio a conocer la decisión a través de la Disposición 4706/2021 publicada en el Boletín Oficial.
El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) fue el que intervino por la denuncia de un consumidor “en relación a la comercialización del producto: ‘Miel Floral 100% Natural, marca Estancia Las Margaritas, Peso Neto 1000 grs, Vencimiento 10/2021, RNE: 04001370 – RNPA: 04013478, Ruta Nac. N° 8 Km. 614 Holmberg – Córdoba Argentina”.
El producto podría estar adulterado y luego de una investigación confirmaron que no se cumplía con las normativas vigentes “El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”,
“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284” se detalla
Es así que se determinó “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: ‘Miel Floral 100% Natural, marca Estancia Las Margaritas, RNE: 04001370 – RNPA: 04013478, Ruta Nac. N° 8 Km. 614 Holmberg – Córdoba Argentina’ por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.