El Gobierno Nacional – a través del Decreto 761/2020- publicado en el Boletín Oficial. Definió prorrogar por 60 días la prohibición de despedir a trabajadores ” sin justa causa y por razones de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor”.
El decreto establece que “los despidos y suspensiones que se dispongan y violen las disposiciones adoptadas no producirán ningún efecto” ya que “se mantendrán vigentes las relaciones laborales y sus condiciones actuales”.
Dicho decreto aclara que no contemplará aquellas contrataciones realizadas con posterioridad a la vigencia del decreto. Y tampoco ” será de aplicación en el sector público definido en el artículo 8 de la Ley 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que esté sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran”.