ANMAT prohibió alimentos “libres de gluten”

La ANMAT oficializó a través del Boletín Oficial la prohibición de venta y distribución de varios alimentos etiquetados como “libre de gluten”

A través de la publicación del Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este lunes la comercialización en toda la Argentina de varios alimentos a base de arroz y soja, caratulados como “libre de gluten”.

La medida fue oficializada en el Boletín Oficial a través de la disposición 7038/2020. Allí, el organismo prohibió la comercialización de “fideos secos” y “tofu tradicional frito pasteurizado”, todos ellos elaborados previo al 24 de julio de 2020.

La medida se tomó tras comprobar que están falsamente rotulados al consignar un RNPA inexistente, y resultando ser en consecuencia ilegales.

Asimismo, la administración prohibió la comercialización de los productos de la marca SOYARROZ “por no consignar en sus rótulos la adecuada declaración de alérgenos obligatoria establecidas por la normativa vigente y el símbolo con la leyenda ‘SIN TACC’”, razón por la cual no se puede asegurar dicho atributo.

De esta manera, la ANMAT emitió un alerta a través de su página web, dirigida a la población celiaca y/o alérgica para que se abstengan de consumir los productos de la marca SOYARROZ.

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ANMAT prohibió alimentos “libres de gluten”

La ANMAT oficializó a través del Boletín Oficial la prohibición de venta y distribución de varios alimentos etiquetados como “libre de gluten”

Fue una denuncia acerca del producto la que motivó el inicio de la investigación. “Alimento a base de arroz tipo fideo seco con maíz libre de gluten SIN TACC, marca SOYARROZ, contenido neto 300 g, RNPA Nº 02528538, lote 000165, vto. 23/02/21″, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente”.

A su vez, el mismo Boletín Oficial contempla: “La citada denuncia refiere a que una bebé sensible a la proteína de la leche de vaca, soja, huevo y trigo mediada por IgE habría consumido el producto investigado produciéndole una reacción alérgica con manchas y ampollas en la piel, y que según manifiesta la madre de la menor el producto habría sido preparado solamente con aceite”.

Además, se estableció que la empresa se encuentra en infracción “por no cumplir con las condiciones edilicias e higiénicas sanitarias para la elaboración de productos, por no consignar en sus rótulos la adecuada declaración de alérgenos y por estar falsamente rotulados al consignar en el rotulo el atributo de Alimentos Libres de Gluten y el símbolo de Alimento Libre de Gluten con la leyenda ‘SIN TACC’, y declarar un RNPA inexistente resultando ser los productos en consecuencia ilegales”.