Programa Repro 2: Fijaron fecha para inscribirse

Esta medida está incluida en la resolución 488 del año 2021 y el plazo de inscripción “estará comprendido entre el 25 de Agosto y el 31 de Agosto de 2021 inclusive”. De este modo la ayuda del estado para poder pagar los sueldos de algunas empresas supone hasta $22000. ¿En qué consiste el Repro 2? […]

Esta medida está incluida en la resolución 488 del año 2021 y el plazo de inscripción “estará comprendido entre el 25 de Agosto y el 31 de Agosto de 2021 inclusive”.
De este modo la ayuda del estado para poder pagar los sueldos de algunas empresas supone hasta $22000.

¿En qué consiste el Repro 2?

Es un pago mensual por la relación laboral que incluya trabajadores con contratos de temporada. El monto se acredita en el cbu del trabajador y hay distintos sectores que están incluidos.
Sectores no críticos: $ 9.000
Sectores críticos: $ 22.000
Sector salud: $ 22.000

Entre los sectores considerados ?críticos? se incluyó:

Comercio de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros).
Comercio de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación (por ejemplo, kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio).
Centros de compra localizados en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

?Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos?

Es otro de los programas que se extendió durante junio . En este caso se abarca el sector gastronómico, autónomos, hoteles, turismo y peluquería ( entre otros).
Es condición que se presente una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales para el período comprendido entre el 1° y el 22 de junio de 2021 y entre el primero y 22 de junio del año 2019.
Requisitos:

“Contar con una dotación de personal no superior a 5 empleados en el mes anterior a la solicitud del beneficio.
El indicador de liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente) para el mes de mayo de 2021 deberá presentar un valor máximo que será definido por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa REPRO II.
No figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) en los supuestos previstos en el inciso h) del artículo 2º y en los artículos 3º y 4º de la Ley N° 26.940, por el tiempo que permanezcan en el mismo? publicó Ip.