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Morosos de cuota alimentaria no podrán solicitar tierras al municipio: "No podemos confiar en alguien que no cumple con sus hijos"

La concejal del Bloque Despierta Comodoro, Ximena González, anunció una importante modificación en el proceso de adjudicación de tierras municipales, señalando que aquellas personas que figuren en el registro de alimentantes morosos no podrán acceder a este beneficio.

En una entrevista con ABC Radio, González destacó que este cambio busca garantizar que los solicitantes cumplan con sus obligaciones legales, particularmente en lo que respecta a la asistencia alimentaria a sus hijos.

"Creemos que, como funcionarios, tenemos que buscar la forma de que se cumplan todas las obligaciones de las personas en la ciudad. Nos preocupa bastante que alguien que no cumple con algo tan esencial como la asistencia alimentaria pueda acceder a tierras", expresó la concejal. Además, destacó que es un requisito que también se les pide a los funcionarios a la hora de asumir cualquier puesto político.

"Si una persona no le cumple a sus propios hijos con una obligación tan necesaria, ¿cómo vamos a confiar en ella para darle tierras o permitirle acceder a otros beneficios?", subrayó González, quien también es abogada de familia. "La municipalidad es bastante accesible en términos de cuotas para la adquisición de tierras, pero no podemos permitir que alguien que figura en el registro de morosos acceda a estas facilidades."

El proyecto recibió despacho favorable en la comisión correspondiente y fue aprobado por unanimidad en la última sesión del Concejo Deliberante. González explicó que esta medida no solo busca incentivar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, sino que también tiene un impacto más amplio. "Si no se puede lograr por las buenas, las personas que estén en el registro de alimentantes morosos van a tener algo que los perjudique", afirmó.

Respecto a cómo se inscribe a alguien en el registro provincial de alimentantes morosos, González detalló que se debe hacer una solicitud a través de un expediente judicial o la homologación de un acuerdo. "Si una persona debe dos meses consecutivos de alimentos, el abogado que representa al padre no alimentante puede solicitar la inscripción en el registro por orden judicial", explicó.

Finalmente, la concejal mencionó que el objetivo es extender este requisito a otras áreas municipales. "Estamos evaluando excluir a los morosos de todos los beneficios municipales, porque si alguien no cumple con sus hijos, no es de fiar para que acceda a un plan de cuotas o cualquier otro beneficio", concluyó González.

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