Boletín Oficial

Cédula azul: ¿Desde cuándo no será necesaria?

El Gobierno oficializó la derogación de la Cédula Azul para conducir un vehículo y las Cédulas Verdes emitidas con anterioridad a la vigencia de esta medida, que en su formato físico tengan una fecha de vencimiento, "no tendrán vencimiento".

abcdiario

El Gobierno oficializó la derogación de la Cédula Azul para conducir un vehículo, una medida anunciada previamente a principios de mayo. Además, se ha establecido que las Cédulas Verdes no tendrán fecha de vencimiento.

La disposición, publicada en el Boletín Oficial a través de la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), señala que la Cédula Azul, conocida como "Cédula de Identificación para autorizado a conducir", ya no será un requisito para circular, considerando que "carece de sustento y aplicación prácticos".

Según el texto oficial, la medida se basa en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que establece el no vencimiento de las Cédulas de Identificación. Esto lleva a que la existencia de la Cédula Azul carezca de fundamento, por lo que procede su derogación.

En cuanto a las Cédulas Verdes, se establece que no tendrán fecha de vencimiento, y se emitirán en diversos trámites relacionados con la titularidad y los cambios en la misma. Además, se aclara que los duplicados de cédula se expedirán sin fecha de caducidad, salvo disposición en contrario.

La normativa también contempla la emisión tanto física como digital de las cédulas de identificación, y se establecen condiciones específicas para la expedición de duplicados y la vigencia de las cédulas emitidas con anterioridad a la nueva regulación.

Temas de la nota: