Juez Nieto Di Biase rechazó el acuerdo por violación en manada

Según el juez Nieto Di Biase, necesita conocer más los hechos, además de que la pena acordada es exigua

Este martes por la tarde, el juez penal Marcelo Nieto Di Biase rechazó el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes en el marco de una causa en la cual se acusa a tres jóvenes por el delito de abuso sexual simple, en un hecho ocurrido en Playa Unión, Chubut, durante septiembre del año 2012.

Además, aseguró que “no tolerará que exista una justicia que tenga resultados diferentes, dependiendo del poder adquisitivo de los imputados”. Por otra parte, indicó que según el artículo 355 del Código Procesal Penal (CPP), necesita conocer los hechos en mayor profundidad. También aclaró que la pena acordada le resulta exigua.

Según esclareció el juez Niego Di Biase, se pretendía la imposición de una pena de tres años en suspenso – mínima para la escala elegida por las partes – siendo que de aplicarse correctamente la norma, se debería pensar en una calificación que tiene una pena de 8 a 20 años de prisión, lo que no puede pasar por alto.

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Juez Nieto Di Biase rechazó el acuerdo por violación en manada

El juez Nieto Di Biase rechazó la mediación por juicio abreviado por la violación en manada

Di Biase consideró que el consentimiento expuesto por la víctima en la audiencia estuvo condicionado, lejos de la forma en la que pretendía que fuera tomado por las partes, dado que se le hizo mención al magistrado de la existencia de un acuerdo reparatorio, cuyos términos se reservaron las partes a tener de un “pacto de confidencialidad”.

“Soy Juez, no mediador. Y como juez no puedo aceptar que por acuerdo extrajudicial de partes se me diga lo que puedo o no decir en el marco de una sentencia, dado que resulta inadmisible”, lanzó después.

“Para que quede claro, no puedo tolerar, que cuanto menos en el marco de mi competencia, exista una justicia que tenga resultados diferentes, dependiendo del poder adquisitivo de los imputados; lo que de por si solo resultaría repugnante y claramente violatorio al artículo 16 de la Constitución Nacional que consagra el principio de igualdad ante la ley” menciona la resolución, notificada a las partes durante la tarde de este martes.

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